Uno de los problemas más frecuentes al heredar es no tener liquidez para pagar el Impuesto de Sucesiones. Especialmente cuando lo heredado es un inmueble y no dinero en efectivo. Existen varias soluciones legales para esta situación.

Soluciones disponibles
⏰ Prórroga de 6 meses
💳 Aplazamiento y fraccionamiento
🏦 Préstamo bancario
🏠 Pagar con bienes de la herencia

Opción 1: solicitar prórroga de 6 meses

Si no tienes dinero suficiente en el plazo habitual de 6 meses, puedes solicitar una prórroga de 6 meses adicionales a la Administración tributaria de tu comunidad autónoma. La solicitud debe presentarse dentro de los primeros 5 meses desde el fallecimiento.

La prórroga se concede casi automáticamente y te da tiempo para reunir el dinero, pedir un préstamo o vender algún bien.

Opción 2: aplazamiento y fraccionamiento del pago

La mayoría de comunidades autónomas permiten aplazar y/o fraccionar el pago del Impuesto de Sucesiones cuando se acredita dificultad económica. Las condiciones varían por comunidad:

ComunidadAplazamientoFraccionamiento
MadridSí (con garantía)Hasta 5 años
CataluñaHasta 2 años
AndalucíaSí (con garantía)Hasta 5 años
Otras CCAAVariableVariable

El aplazamiento suele requerir garantía (aval bancario o hipoteca sobre el bien heredado) y devenga intereses de demora.

Opción 3: préstamo bancario para pagar la herencia

Muchos bancos ofrecen préstamos personales específicos para pagar el Impuesto de Sucesiones. Como garantía suelen admitir el propio bien heredado. Las condiciones son generalmente mejores que las del aplazamiento fiscal.

Ventajas: rapidez, sin trámites con Hacienda, tipo de interés fijo.
Inconvenientes: requiere solvencia crediticia y genera deuda.

Opción 4: pagar con bienes de la herencia

En algunas comunidades autónomas es posible pagar el Impuesto de Sucesiones directamente con bienes de la herencia (dación en pago). Esta opción está disponible principalmente cuando los bienes son inmuebles y la comunidad lo permite expresamente.

También puedes vender algún bien de la herencia (previa aceptación) para obtener liquidez y pagar el impuesto.

¿Debo renunciar si no puedo pagar el impuesto?

Renunciar solo para evitar el impuesto es una decisión extrema que conviene analizar bien. Si el valor de la herencia supera el impuesto, renunciar significa perder dinero. Antes de renunciar, explora las opciones anteriores y consulta con un asesor fiscal.